La AFIP creo un Plan de Pagos para monotributistas excluidos y que deban ingresar al régimen general

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy que a partir de noviembre ofrecerá un plan de pagos permanente, de hasta 36 cuotas, al que podrán adherir aquellos monotributistas que acumulen deudas durante el proceso de exclusión de pleno derecho que realiza el organismo y deban afrontar las obligaciones del régimen general.

Así lo informó esta tarde en un encuentro con la prensa el titular de la AFIP, Alberto Abad, en el que también se anunció una prórroga hasta el 20 de diciembre para la adhesión al Domicilio Fiscal Obligatorio, y la eliminación de la obligación de contar con talonarios de respaldo para los monotributistas que no emitan comprobantes.

Las novedades alcanzan exclusivamente al segmento de monotributistas para los cuales está vigente un cronograma de recategorización obligatoria que alcanza a un total de 2.781.000 contribuyentes, de los cuales 1,7 millones ya hicieron ese trámite a través de las distintas ventanillas digitales del organismo.

En el caso del Plan de Pagos cuya resolución será publicada la semana próxima en el Boletín Oficial con entrada en vigencia a partir de noviembre, se explicó que las facilidades estarán dirigidas a facilitar el ingreso al régimen general de aquellos monotributistas excluídos de pleno derecho que hayan acumulado una deuda durante el proceso de exclusión.

La AFIP detalló que como parte del proceso de exclusión se genera un lapso de tiempo de entre 6 meses y un año entre que el organismo procede a la exclusión del monotributista y la efectivización final de la medida que determina su ingreso al régimen general durante el cual el contribuyente puede generar un deuda difícil de saldar en un sólo pago.

El Plan de Pagos Permanente fue definido como "una propuesta bastante generosa para los planes vigentes de la AFIP", que tendrá como condiciones una cuota mínima de 1.000 pesos, un pago a cuenta del 5 por ciento y una tasa que tomará como referencia la que paga el Banco Nación para los plazos fijos a 180 días más 2 puntos.

Para acceder a ese plan de pagos, el contribuyente deberá presentar como primer paso las declaraciones juradas omitidas de IVA y Ganancias, reimputar el saldo del pago de monotribto a autónomos y acceder a Mis Facilidades para definir el cálculo del 5 por ciento de adelanto y definir el número de cuotas en hasta 36 meses.

La exclusión del régimen tiene como principales causas la detección de límites excedidos (Ingresos brutos, superficie o cantidad de locales, costo de alquiler, precio unitario de venta, valor de compras y gastos), movimientos injustificados (adquisición de bienes o realización de gastos, depósitos bancarios) u operaciones incompatibles (prestación de servicios estando categorizado para ventas o importación).

Este pasaje del monotributo al régimen general significa que el contribuyente deja de pagar una cuota única para tener que afrontar las obligaciones que en la exclusión se deben afrontar con retroactividad a la infracción de presentación de declaraciones juradas y pagos de IVA, de Ganacias y de la cuota de autónomos.

La AFIP también decidió prorrogar el plazo de adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico -al que se estima se deben sumar unos 500.000 monotributistas- cuya fecha original era el 30 de septiembre y que ahora se extenderá hasta el 20 de diciembre, en coincidencia con el último plazo para la recategorización obligatoria que deben realizar todos los adherentes al régimen.

El organismo considera que el Domicilio Fiscal Electrónico es el camino necesario para "el objetivo de contar con un contribuyente completamente digital" , ya que ese canal es el que permite comunicar información relevante como incumplimientos y deudas, vencimientos excepcionales y las notificaciones de las novedades que la AFIP registra de cada contribuyente.

Esta adhesión se puede realizar a través del portal www.monotributo.afip.gob.ar, por el Portal del Ciudadano, la aplicación Mi Monotributo para dispositivos móviles y la aplicación móvil Mi AFIP.

Finalmente, se informó que se eliminó la obligación que hasta hoy tenían los monotributistas (de la categoría F y superiores) de contar con un talonario de respaldo físico ante eventual inoperatividad del sistema digital que les impida la utilización de la factura electrónica.

La AFIP advirtió que hay monotributistas que tienen la obligación de emitir factura electrónica por su monto de facturación que no emiten comprobantes a consumidores finales, por lo cual pueden postergar la emisión ante la inoperatividad del sistema y pueden diferir ese requerimiento hasta la normalización del sistema.

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