Echegaray presentó recurso extraordinario ante la Corte para que Carrió se retracte por llamarlo "ladrón"


El ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray presentó un "recurso extraordinario" ante la Corte Suprema contra un fallo de la Cámara Civil que rechazó una "acción declarativa" que planteó contra la diputada Elisa Carrió, para reclamar que se retracte por haberlo llamado "ladrón".

Fuentes judiciales indicaron esta mañana que el nuevo Auditor General de la Nación llegó hasta el máximo tribunal “con la finalidad de que se declare que las expresiones vertidas por su contraria en un programa televisivo, son inexactas y falsas”.

Ese pedido fue denegado por la Sala G de la Cámara Civil y contra ese rechazo presentó un recurso extraordinario al que se hizo lugar por lo que se envió el expediente a la Corte que estará en condiciones de comenzar a tratarlo a partir del próximo lunes cuando se reanude la actividad en los Tribunales.

En la instancia anterior los camaristas Beatriz Areán, Carlos Bellucci y Carlos Carranza Casares habían rechazado el planteo sosteniendo que "no es materia de controversia que los dichos en cuestión vertidos por la legisladora en un programa televisivo se encuentran alcanzados por la referida inmunidad parlamentaria”.
"Ante la naturaleza de la cuestión federal debatida, toda vez que se ha cuestionado la inteligencia de cláusulas de la

Constitución Nacional, cabe admitir la procedencia formal del remedio en examen” sostuvo el fallo de la Cámara que decidió “conceder el recurso extraordinario interpuesto” y enviar la causa a la Corte.

En esa línea de razonamiento recordaron que "nuestra Ley Suprema que impide que un miembro del Congreso de la Nación pueda ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador”.

Echegaray “aclaró que no perseguía ningún tipo de condena ni propósito resarcitorio sino la publicación de la sentencia en medios de importante difusión (asumiendo incluso su costo), ya que ésta es la única vía con la que cuenta en defensa de sus derechos constitucionales lesionados, frente a la inmunidad de que goza la contraparte”.

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