Diputados del FPV-PJ presentaron un amparo contra la transferencia de datos de la Anses

Los diputados nacionales Héctor Recalde, Teresa García y Carolina Gaillard presentaron hoy una acción de amparo de alcance colectivo a fin de que se declare la nulidad de la Resolución 166/16, que dispuso la transferencia de la base de datos de la Anses a la secretaría de Comunicación Pública de la Nación. Asimismo, solicitaron como medida cautelar la suspensión de su aplicación y, si la información ya ha sido transferida, que se prohíba a Comunicación Pública utilizarla.

De acuerdo a los legisladores, la Resolución viola tanto el derecho a la intimidad previsto en los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional, como la ley 25.326 de Protección de Datos Personales, ya que la Anses remitirá nombre y apellido, DNI, domicilio, teléfonos, CUIT/CUIL, estado civil, fecha de nacimiento, estudios y direcciones de e-mail de cada persona.

La ley 25.326 establece que los datos “no pueden ser utilizados para finalidades distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención”. Los diputados advierten que la Resolución 166/16 habilita que los datos suministrados por las personas a la Anses para ser beneficiarias de alguna de sus prestaciones, por ejemplo, sean usadas por la secretaría de Comunicación Pública para otros fines, lo cual “puede provocar que reciban llamados telefónicos a su domicilio personal o hasta su teléfono celular o reciban correos electrónicos a su cuenta personal por parte de un órgano del Estado que accedió a esta información sin ser suministrada por los individuos para este fin. Claramente, se altera la intimidad del ciudadano que no brindó esta información para ser molestado o importunado por el Estado”.

Según los diputados, esta práctica “remite a estrategias empresariales (propias de los CEOs que integran el gobierno) que a cambio de un ‘regalo’ obtienen los datos personales de los consumidores y los someten, posteriormente, a un permanente asedio por vía telefónica o por el envío de correos electrónicos”.

Además, observan que se permite “la divulgación de datos sensibles, ya que la mera inclusión en determinadas bases de datos de la Anses puede implicar que se suministren datos sobre la salud de los individuos”, algo expresamente prohibido por el artículo 2 de la ley 25.326.

Finalmente, Recalde, García y Gaillard pidieron la habilitación de la feria judicial para tratar el expediente. El amparo se tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal n° 10, a cargo de la doctora Liliana Heiland.



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