El procurador Casal dictaminó que la Corte Suprema es competente para expedirse sobre el reclamo de Ciudad por la coparticipación

El procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó esta noche que la Corte Suprema de Justicia es competente para expedirse sobre el reclamo de la Ciudad de Buenos Aires planteado ante el máximo tribunal por la reasignación de fondos de la coparticipación federal dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional.

“El Tribunal ha reconocido la posibilidad de que la acción de amparo, de manera general, tramite en esta instancia, siempre que se verifiquen las hipótesis que surtan la competencia originaria prevista en los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional", señaló Casal en una resolución difundida esta noche.

En ese sentido, el funcionario judicial sostiene que "de otro modo, en tales controversias, quedarían sin protección los derechos de las partes en los supuestos contemplados por el art. 43 de la Constitución Nacional y por la ley 16.986”.

Ayer, la Corte Suprema de Justicia envió al procurador la demanda y el pedido de amparo de la Ciudad, que busca evitar el recorte de fondos, en el marco de la reasignación de partidas de coparticipación dispuesta por el Gobierno nacional para la creación del Fondo de Fortalecimiento Financiero Fiscal de la provincia de Buenos Aires, informaron fuentes judiciales.

Los reclamos de la Ciudad llegaron el martes a la sede de la Procuración para que Casal valore si el conflicto está dentro de la competencia originaria de la Corte -sobre diferendos entre provincias- y si corresponde otorgar el amparo que suspenda la decisión del Poder Ejecutivo.

La opinión de Casal, no vinculante, es otra instancia de las acciones judiciales planteadas por la administración porteña en contra del Decreto 735/2020, que recuperó el punto de coparticipación que Mauricio Macri había cedido en 2016, también por decreto, a la Ciudad de Buenos Aires.

En el escrito presentado hace una semana, con la firma de la apoderada María Cristina Cuello, se solicitó que "se restablezca en forma inmediata el derecho de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a percibir el porcentaje de participación equivalente al 3,5 por ciento originado en el Consenso Fiscal".

"En consecuencia, se ordene el cese de los efectos del Decreto 735-PEN-2020 que, en forma manifiestamente inconstitucional por su ilegalidad y arbitrariedad manifiesta, reduce unilateralmente el porcentaje de coparticipación en flagrante violación a derechos y garantías constitucionales que se invocan", se solicitó en la presentación.

La gestión de Horacio Rodríguez Larreta también interpuso ante la Corte una acción de amparo, en la convicción de que “la Ciudad Autónoma de Buenos Aires está legitimada a iniciar la presente acción de amparo y reclamar en juicio la invalidez de actos que vulneran atribuciones y poderes inherentes a su autonomía política”.

Días atrás, el constitucionalista y miembro del Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público, Andrés Gil Domínguez, consideró que la quita a la Ciudad de Buenos Aires, para financiar un aumento a la Policía Bonaerense, no admite “mucha discusión”.

“Respecto de la validez formal me parece que no hay mucha discusión porque el Presidente está habilitado por decreto a reducir el porcentaje de coparticipación que le asigna a la ciudad de Buenos Aires el Estado nacional de su propia masa coparticipable”, opinó el jurista.

back to top