Soberanía o endeudamiento (Por Julián Denaro)

La Soberanía Nacional corresponde al pueblo, de quien emanan todos los poderes del Estado, aún ejerciéndose por representación. En consecuencia, cuando las medidas de política económica conducen a un mejor nivel de vida de la mayoría del pueblo, se está conquistando Soberanía. Pero cuando las decisiones van en contra de los intereses de la mayoría del pueblo, y atienden a intereses ajenos a esa mayoría, estamos en presencia de pérdida de Soberanía. 

Debe tenerse presente que la nacionalidad de esas minorías no incide sobre el concepto de Soberanía Nacional, prescindiendo de atender a si una empresa o un agente económico es argentino o extranjero, dado que importa aquí el hecho de si favorece a la construcción de una Patria Independiente, Soberana, Libre y con Justicia Social, o si por el contrario atenta contra esa visión. Aquí es relevante recordar aquella frase enunciada por Juan Domingo Perón, que dice que “la economía libre nunca existió y nunca existirá, ya que la economía es siempre dirigida. O la dirige el Estado para conseguir la grandeza de la Nación y la felicidad del pueblo, o si no la dirigen las grandes compañías multinacionales financieras, para destruir a las Naciones y esclavizar a sus pueblos, consiguiendo la desdicha de sus habitantes”. 

A partir de la tan oportuna y atemporal sentencia de Perón, acentuamos la mirada hacia los aspectos de Política Económica que van en una dirección o su contraria. De hecho, los altos niveles de Pobreza y Exclusión Social existentes en el mundo, nos convocan a pensar e investigar al respecto, tanto en términos estructurales como acerca de los mecanismos a través de los cuales éste sistema de inequidad social se reproduce. Muchos analistas económicos e historiadores analizan la evolución de la tasa de explotación en distintos países, lo que indica cuanto se engorda la riqueza de los sectores de poder concentrado de la economía dejando a la mayoría del pueblo despojada de participar en una justa distribución, al tiempo que bajo otras condiciones la tasa de explotación disminuye. 

Cuando en 1945, al mando de la Secretaria de Trabajo y Previsión, hoy Ministerio de Trabajo, Juan Domingo Perón establece las Vacaciones Pagas, el Sueldo Anual Complementario (conocido como SAC o Aguinaldo) y consigue aumentar el poder adquisitivo de la clase trabajadora, que es por cierto la mayoría del pueblo, se vivenció una gloriosa ganancia de Soberanía. Luego, ya como Presidente, la Nacionalización del Banco Central y los Depósitos Bancarios permitió que el Estado pueda dirigir ese caudal constante de dinero a financiar tres canales de Producción y Distribución, como el Banco Hipotecario Nacional para construir viviendas, el Banco de Desarrollo Industrial para levantar industria y el Ministerio de Obras Públicas para desarrollar infraestructura. En rigor, este dinero le fue quitado a la ganancia extraordinaria de la Banca Multinacional, para que sea utilizado por el pueblo argentino. Asimismo, la Estatización del Comercio Exterior de la Nación permitió que los ingresos provenientes de las exportaciones agropecuarias no sean atesorados por ocho empresas exportadoras como en la actualidad, sino que sea el Estado que utilice ese excedente para desarrollar la industria e incrementar el poder adquisitivo de los sectores populares. Pero como se ve, para ganar en términos de Soberanía hay que enfrentarse a los poderes concentrados utilizando la estructura y la Ley del Estado, para así conseguir que parte de las ganancias extraordinarias de los sectores concentrados de la economía sea distribuida de un modo más equitativo y más justo hacia toda la población. ¿O sólo los propietarios de las grandes empresas trabajan para producir la riqueza anual de un país? Pues no, todos los sectores trabajan interdependientemente para generarla, de modo que es imprescindible estructurar una más equitativa y justa distribución. 

En línea con lo descripto hasta aquí, el control de las importaciones como medida Proteccionista, permitió consolidar el desarrollo de la Industria, y el excedente comercial permitió solucionar los problemas financieros que generaban una dependencia económica. Por eso destaca Perón que cuando se prescindió de las formas de asalto con que nos habían tratado los imperialismos durante un siglo y medio, se pusieron las finanzas al día, se compraron los servicios y también se hizo la marina mercante. Es decir, Perón consiguió la Independencia Económica al desendeudar totalmente al País, comprar todas las empresas de servicios incluyendo los Ferrocarriles. Por tanto, ya no nos robaban más, y se forjó una Argentina de valores agregados: minera, agropecuaria, industrial, tecnológica, marítima, aérea, sin deuda externa, con Pleno Empleo y con salarios y remuneraciones que se integraban con aproximadamente el 50% del PBI, que es el valor de la riqueza que produce anualmente el país. 

Se puso en marcha un Plan de Desarrollo para la Liberación Nacional. Los salarios subieron, porque es lo que ocurre cuando hay Plena Ocupación. Entonces el poder adquisitivo de la masa popular, que es el verdadero consumo, se multiplicó varias veces. Eso tonificó inmediatamente al comercio, que se aprestó para satisfacer la demanda de ese consumo multiplicado, lo cual demandó a la industria la transformación necesaria para la distribución por el comercio, y tan pronto se puso en marcha la industria, y comenzó a necesitar materia prima, la producción hubo de abastecérsela, y así el ciclo de la producción, la transformación, la distribución y el consumo quedaron en proceso de progreso.

Se procura resaltar que fue necesario que ese conjunto tenga una institucionalización jurídica, corporizada en una Constitución Nacional que tenga como espíritu reducir la brecha de desigualdad y alimentar la inclusión social. La legislación laboral y la reforma cultural necesariamente van de la mano. Hasta 1946 el sindicato era una asociación ilícita, pero a partir de 1946 se le dio estatus legal primero, y en la Constitución de 1949 se le dio el estatus constitucional, es decir, se incorporaron los derechos del trabajador a la Constitución. Asimismo, se encaró una reforma cultural permitiendo el acceso popular a la universidad, con una Universidad Gratuita desde 1949.

Precisamente, la Constitución de 1949 – verdadero proyecto de nación, elaborada por honorables patriotas como Sampay, Scalabrini Ortiz y Cooke – también se refería a la función social de la Propiedad Privada, explícitamente diciendo, en su Artículo 38: “La propiedad privada tiene una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común. Incumbe al Estado fiscalizar la distribución y la utilización del campo o intervenir con el objeto de desarrollar e incrementar su rendimiento en interés de la comunidad, y procurar a cada labriego o familia labriega la posibilidad de convertirse en propietario de la tierra que cultiva”. Luego, en su Artículo 39: “El capital debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objeto el bienestar social. Sus diversas formas de explotación no pueden contrariar los fines de beneficio común del pueblo argentino”. Por su parte, el Artículo 40 dice: “La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución. Salvo la importación y exportación, que estarán a cargo del Estado, de acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley, toda actividad económica se organizará conforme a la libre iniciativa privada, siempre que no tenga por fin ostensible o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia o aumentar usurariamente los beneficios.

Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias.

Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaran en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine”.

 Luego de bombardear la Plaza de Mayo el 16 de junio de 1955 y posteriormente derrocar al Gobierno de Perón, la Dictadura Militar a cargo de los asesinos Aramburu y Rojas, eliminó por decreto la Constitución Nacional de 1949 y declaró la vigencia de la constitución sancionada en 1853, dando comienzo a la violencia organizada y sistemática en la Argentina. Más tarde, con la Dictadura Cívico – Militar que se inicia el 24 de marzo de 1976, se pone en marcha la destrucción de la industria argentina con la apertura indiscriminada de las importaciones, desregulación total del sistema financiero, 30.000 desaparecidos, perseguidos, torturados, presos políticos, robo de bebés, Guerra de Malvinas y toneladas de libros quemados durante el más funesto período social de nuestra historia. Aquí, se da inicio al ciclo de endeudamiento más tenebroso de nuestro País, que acaba con un sometimiento de nuestro pueblo a las exigencias del poder imperialista de Estados Unidos de Norteamérica. 

Complementa Juan Francisco Soto: “El 6 de mayo de 1976 se dictó la ley de facto 21.305, modificatoria del artículo 1º del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial, que establecía la improrrogabilidad de la jurisdicción argentina a favor de jueces extranjeros. A partir del dictado de esa norma, en todos los contratos de endeudamiento que se firmarían en adelante, la Argentina se sometió a la jurisdicción de los tribunales extranjeros, especialmente a los de las ciudades de Londres y Nueva York.

Aunque la prórroga de jurisdicción y la renuncia a la inmunidad son cuestiones diferentes, se encuentran estrechamente relacionadas, ya que la jurisdicción constituye un atributo de la soberanía, y en todo el proceso de endeudamiento iniciado en 1976, además de prorrogarse la jurisdicción en favor de jueces extranjeros, se insertaron cláusulas que autorizaban la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana.

La modificación ocurrida en mayo de 1976, obedeció a las exigencias de los bancos extranjeros, prestamistas de la Argentina, que querían ver aseguradas sus reclamaciones en caso de un litigio, estableciendo la competencia jurisdiccional de los tribunales donde los mismos operaban.

Esta decisión estuvo relacionada con el dictado de la Foreign Sovereing Inmunnity Act de los Estados Unidos, que aceptó el sometimiento del Estado a esa jurisdicción en todos los contratos de endeudamiento, que fueron considerados iure gestionis, es decir de derecho privado.

En principio, en la referida norma no se menciona en absoluto una renuncia a la inmunidad soberana y el eventual juzgamiento en otra jurisdicción no significa que el Estado no conserve su aptitud de inmunidad respecto de actos como embargo de bienes, ejecución, etcétera. Sin embargo, también en los convenios que se firmaron, se decidió renunciar a oponer la defensa de inmunidad soberana en caso de cualquier acción judicial que pudiere efectuarse.”

 Hacia el año 2002, la destrucción del poder adquisitivo del salario, destrucción del empleo y el endeudamiento que se valuaba en el 166% del producto anual del país, son algunas de las características del fin de un ciclo de destrucción y endeudamiento, en el que la Independencia Económica y la Soberanía Política parecía que jamás se reconquistarían. 

Cuando Néstor Kirchner asume la presidencia, el 25 de mayo del 2003, enuncia que no hará pagar al pueblo argentino el peso de la deuda externa contraída por el terrible período anterior. Para revertir esta situación, incrementa la intervención del Estado en la economía. Se diseña un control selectivo de las importaciones que permite un renacimiento de la Industria que había sido destruida desde el ’76 hasta el 2001, se utiliza la recaudación proveniente de las Exportaciones Agropecuarias para financiar la Obra Pública generadora de empleo y las Políticas de distribución de ingresos a favor de los sectores más vulnerables. Se vuelven a Estatizar los Fondos Previsionales que habían sido Privatizados con Menem, se vuelven a Nacionalizar los Servicios Públicos de Agua, Gas, Correo, Aeronavegación (Aerolíneas Argentinas) y la Empresa Hidrocarburífera Nacional (YPF). Se disminuyó de ésta manera el retiro irrestricto de dinero por parte las empresas extranjeras, y la mayor actividad de la industria generadora de empleo aumentó el autofinanciamiento del Estado. Así, se comenzó en el año 2005 un período de desendeudamiento, que bajó el peso de la deuda externa en dólares desde el 166% del PBI en 2003 hasta el 11% del PBI en el 2015. 

Como se ve, Argentina volvió a ser un País con Independencia Económica, lo que permitió la Soberanía Política y un mejor nivel de vida para la mayoría del pueblo. Se consiguió bajar el desempleo desde más del 20% al 6%, reducir la desigualdad, mejorar el poder adquisitivo de la clase trabajadora, repatriar a los científicos que se habían ido a trabajar al exterior durante la década de 1990, reimpulsar la investigación y conquistar trascendentes logros en la medicina y la tecnología, atender y dar cobertura a los más vulnerables y desprotegidos, se incluyó a más de 3 millones de jubilados, se dictaron leyes trascendentes como la Vacunación Gratuita, Fertilización Asistida, Igualdad de Género, Moratoria Jubilatoria, Movilidad Jubilatoria, Gratuidad Universitaria, Asignación Universal por Hijo, y muchas más. Se lanzaron dos satélites ARSAT de producción argentina, volviéndonos uno de los únicos ocho países en formar parte de la comunicación satelital. Crearon Tecnópolis y el Centro Cultural Kirchner para el disfrute del pueblo argentino. Construyeron más escuelas y hospitales que ningún otro gobierno desde Perón. Cultivaron la Integración Latinoamericana con el fortalecimiento del Mercosur y la Creación de la UNASUR y la CELAC, además de la inminente incorporación de Argentina al BRICS (Mitad de la población mundial y 25% de la producción del mundo). Mantuvieron Subsidios para abaratar el costo del transporte y de los servicios para que la mayoría del pueblo tenga dinero disponible para consumir y vivir mejor. Se dictó la Ley de Medios (Ley de Servicios Audiovisuales). Y más, mucho más, que confirma como un acierto asociar al Desendeudamiento con ganancia de Soberanía, del mismo modo que se hallan indivisiblemente complementados el endeudamiento con la pérdida de Soberanía. 

Lamentablemente, al asumir Macri como presidente en diciembre del 2015, alineado con los intereses del imperialismo norteamericano que procura someter a las riquezas de la gran patria latinoamericana, se padece el inicio de un retroceso hacia la Destrucción y el Endeudamiento. Las medidas que llevó a cabo su Gobierno son contrarias a los intereses de nuestro país y nuestro pueblo, avasallando aún la actual Constitución y las leyes vigentes. Abrió las Importaciones, desfinanció al Estado quitando los impuestos a favor de sus amigos dueños de las empresas exportadoras, duplicó la deuda externa en tan solo un año de gobierno, desde aproximadamente 60.000 millones de dólares a más de 120.000 millones, permitió el libre retiro de dólares especulativos, vació Tecnópolis y el Centro Cultural Kirchner, eliminó la televisación gratuita del fútbol, generó la mayor inflación de los últimos 26 años, desfinanció PAMI, la obra social de los jubilados, deterioró el poder adquisitivo de la clase trabajadora, tiene como presa política a Milagro Sala desde hace más de un año, se desarticuló la integración regional, eliminó la ley de medios, despidió masivamente desde el Estado, sacó los subsidios, efectuó un tarifazo que destruyó comercios y familias, y por si fuera poco desmanteló la producción de energía atómica, vació de contenido la función de los satélites ARSAT, encareció el crédito para comercios y para personas, e innumerables datos que son públicamente conocidos y que complementan ésta descripción. 

Pero es letal el último Decreto de Endeudamiento. El recientemente creado Ministerio de Finanzas ha sido facultado, mediante el decreto 29/2017, firmado por Mauricio Macri, Marcos Peña y Luis Caputo, con fecha 12 de enero del 2017, para contraer una nueva deuda externa que será convertida en bonos por (hasta) veinte mil millones de dólares. Pero destáquese como peligroso el hecho de que se establece jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en Nueva York o en Londres. Lugares donde podrán litigar nuestros acreedores externos. Se renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana. Es decir, pueden litigar como si la Argentina fuese una persona física o una razón social y no como un país soberano. Pareciera ser que se nos puede embargar sin oponer cláusula de inmunidad soberana y en tribunales de Nueva York o Londres. 

Ante esto, Carlos Riello, abogado constitucionalista y especialista en derecho de acuerdos internacionales, argumenta que “no puede haber garantías territoriales sin aprobación del Congreso, con lo cual cualquier convenio secreto en ese sentido estaría invalidado. En cuanto a los recursos naturales tampoco se pueden enajenar porque forman parte del suelo, salvo que haya una negociación intermedia que de común acuerdo se permita la explotación y su producido sirva como garantía. Ese producido eventual debe ser avalado por informes técnicos y después determinar qué parte del mismo pueda ser tomado como garantía. De otro modo el titular del ejecutivo quedaría expuesto al mayor delito del cual pueda ser objeto de una causa por traición a la patria y terminar destituido. Esto no significa que no esté intentando buscarle la vuelta, pero debe ser público y debatido en el Congreso.” 

Como vemos, la libertad de acción y el libre permiso para hacer cualquier cosa, oprime a las mayorías cuando los más ricos actúan solo en función de sus propios intereses. Por ende, se entiende que la Ley es la que protege a las mayorías, al restringir, ordenar y limitar el accionar de los gobernantes. No debe olvidarse que los gobernantes son representantes del pueblo elegidos en votación libre y universal, para velar por los intereses del pueblo que los eligió. Así, se deduce que la elaboración de una Nueva Constitución Nacional actualizada en relación con las conquistas de derechos, es requerida con premura para asegurar la salud y el futuro de nuestro pueblo, en línea con preservar y difundir los valores y el conocimiento de la historia, sin lo cual la comprensión del mundo es incompleta.

 

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