El Gobierno homologó el primer convenio colectivo que incorpora el denominado «salario dinámico»

Se trata del acuerdo para trabajadoras de casas particulares que fija un aumento del 6,3% entre abril y julio, pero incluye una cláusula que permite negociar «componentes retributivos adicionales» por encima del mínimo, que pueden ser transitorios, fijos o variables según lo que el patrón considere meritorio.

En una nueva muestra del avance de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional, la Secretaría de Trabajo homologó el primer convenio colectivo que incorpora el denominado «salario dinámico», una de las innovaciones introducidas por la Ley 27.802 que ya genera un fuerte rechazo por parte de la conducción de la CGT. Se trata del acuerdo firmado el 30 de abril entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y los sindicatos del sector, que rige la actividad del servicio doméstico y estableció un aumento salarial del 6,3% para el período abril-julio de 2026, en cuatro tramos escalonados.

El mecanismo del «salario dinámico» está contemplado en el artículo 104 bis de la ley de modernización laboral, que permite «otros componentes retributivos dinámicos adicionales, transitorios, fijos o variables, considerando para ello tanto el mérito personal del trabajador como aspectos propios de la organización». De esta manera, la norma coloca en el centro a la productividad y a la situación de cada empresa o sector, con la idea de que los aumentos salariales dejen de seguir una pauta automática y pasen a depender de resultados concretos. Esta alternativa ya se está analizando también en la actividad petrolera, donde podría pactarse un plus salarial que suba o baje en función del precio del petróleo.

Más allá de la mejora salarial, el punto central del acuerdo es la cláusula 8, que establece textualmente: «Dejar constancia que los salarios convenidos en el presente acuerdo resultan los mínimos establecidos legalmente, no obstando el componente dinámico de las remuneraciones a fin de que las partes individualmente consideradas del vínculo laboral puedan negociar por encima de ellos». Con esta redacción, el convenio convierte los aumentos pactados en un piso mínimo y habilita a las trabajadoras a negociar individualmente mejoras adicionales por encima de lo fijado en la paritaria.

Juana del Carmen Brítez, secretaria de Organización y Actas de la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), defendió la incorporación de la cláusula y explicó a Infobae que «el problema que tenemos en el sector, que es totalmente diferente a los demás, es que los empleadores tomaban el salario básico que se fijaba en el convenio como tope a pagar y a las trabajadoras les costaba lograr una mejora, y ahora, con esta cláusula, se convierte en un piso». Sin embargo, la dirigente aclaró que no está de acuerdo con la reforma laboral en su conjunto porque «afecta a nuestro sector cuando contempla 6 meses de antigüedad sin indemnización si a la trabajadora se la despide».

Pese al rechazo de la central obrera, Brítez resaltó que la cláusula beneficia a las trabajadoras de casas particulares porque les permite negociar aumentos por encima del piso paritario. «Ese punto es importante para nosotros porque está dando la posibilidad al trabajador y al empleador de que entiendan que las cifras son un piso y que de ahí en más el trabajador puede pedir un aumento por encima», sostuvo la dirigente, quien también es presidenta de la Federación Internacional de Trabajadoras del Hogar (FITH). Además, aseguró que las paritarias del sector continuarán: «Nosotros vamos a seguir teniendo paritarias porque la comisión tripartita (que fija los aumentos) va a seguir trabajando».

El convenio homologado incluye también un incremento del 50% para la suma no remunerativa de 20 mil pesos y para el adicional por zona desfavorable. Con esta primera aplicación del «salario dinámico», el Gobierno consolida uno de los ejes centrales de su reforma laboral.

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