Córdoba: La Justicia ordenó a PAMI regularizar pagos por discapacidad

El Juzgado Federal N° 3 de Córdoba hizo lugar de manera total a la acción de amparo colectiva entablada contra el programa Incluir Salud y PAMI y ordenó la regularización del pago de prestaciones a personas con discapacidad. La sentencia judicial ordena formalmente a ambas entidades regularizar y mantener al día la cadena de pagos de las prestaciones básicas de salud destinadas a personas con discapacidad que son titulares de pensiones no contributivas. El amparo fue promovido por la abogada y referente de Defendamos Córdoba para temas de discapacidad, Marta Lastra.

El juez Miguel Vaca Narvaja, a cargo del mencionado Juzgado Federal, señaló en el fallo que “no puede el Estado Nacional esgrimir razones de control u ordenamiento presupuestario, para incumplir con obligaciones elementales pendientes desde diciembre del año pasado en varios casos constatados, desatendiendo derechos fundamentales de un colectivo sumamente vulnerable como el de las personas con discapacidad. Perseverar en esa conducta omisiva generará sin duda alguna, responsabilidades civiles y/o penales a los ejecutores del desatino”.

“El Estado de Derecho implica el sometimiento de los gobernantes a la ley. Esta resolución conmina al Ministerio de Salud a cumplir de manera inmediata con la legislación vigente y cesar con la demora injustificada que produce la desatención del colectivo de personas afectadas por discapacidad. (…) La demora injustificada constituye un acto arbitrario e ilegal contra el cual resulta procedente la acogida del amparo”, expresó el juez a través del fallo.

El amparo, al que el magistrado hizo lugar tiempo atrás, fue promovido por Lastra con alcance colectivo, lo que significa que el reciente fallo protege a miles de beneficiarios en idéntica situación, resguardando la sustentabilidad de los hogares, centros de día y profesionales que los asisten.

"La asistencia integral a la discapacidad constituye una política pública del país”, explicitó el fallo, por lo que “los derechos vinculados al acceso a prestaciones de salud integrales no pueden ser meramente declarativos, porque su goce efectivo es lo que permite a una persona desplegar plenamente su valor eminente como agente moral autónomo, base de la dignidad humana que la Corte debe proteger".

La flamante resolución judicial dirime el grave conflicto suscitado por el corte e irregularidades en la cadena de pagos estatales que se venían arrastrando desde finales de 2025, derivados del incumplimiento del Gobierno de Javier Milei de la Ley de Emergencia en Discapacidad.

El magistrado constató demoras de hasta cinco meses en la cancelación de los servicios ya brindados por las instituciones.

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