La Justicia ordenó a Unión Personal suspender el cobro de coseguros
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°69 dictó una medida cautelar a favor de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y ordenó a la obra social Unión Personal, administrada por UPCN, suspender de inmediato el cobro de los coseguros aplicados a los afiliados, al considerar que se trataba de descuentos “ilegales”.
La decisión judicial también dispone que la obra social deberá mantener la bonificación del coseguro de salud para todos los afiliados y sus grupos familiares, sin distinción entre quienes pertenecen o no al gremio de UPCN, y reintegrar los montos cobrados indebidamente. En caso de incumplimiento, el tribunal aplicará multas diarias (astreintes) hasta que se ejecute lo ordenado.
En la resolución, el tribunal resolvió: “Ordenar a la demandada, Obra Social Unión Personal de la Unión Personal Civil de la Nación, a suspender de manera inmediata las modificaciones introducidas respecto de la atención de los afiliados (…) y mantener la bonificación del coseguro de salud a todos los afiliados de la obra social, tanto para ellos como para su grupo familiar, bajo apercibimiento de aplicar astreintes por cada día de retardo en el cumplimiento”.
La medida incluye además la inscripción de la causa en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia, conforme a la Acordada 12/16.
El secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, difundió la noticia en la red social X, donde calificó la decisión como un “fallo histórico” y acusó a la conducción de UPCN de actuar de forma “miserable”.
“La Justicia falló a favor de ATE por los coseguros ilegales de Unión Personal. El accionar de UPCN fue miserable. Se terminó la extorsión”, escribió Aguiar en su publicación.
El dirigente sostuvo que la maniobra “pretendía utilizar la obra social para frenar las desafiliaciones masivas que está sufriendo UPCN”, y responsabilizó a ese gremio por mantener “un silencio cómplice durante casi dos años ante un Gobierno que agrede al empleo público y desmantela el Estado”.
El reclamo judicial fue impulsado por ATE tras denunciar que Unión Personal había modificado unilateralmente el esquema de bonificaciones para la atención médica, aplicando coseguros diferenciados según la afiliación sindical de los trabajadores.
Desde la presentación, ATE argumentó que esa medida violaba los principios de igualdad de trato y libre afiliación sindical, garantizados por la Ley de Obras Sociales (23.660) y la Constitución Nacional.
Con la resolución judicial, la obra social deberá retrotraer los cambios y asegurar la igualdad de cobertura médica para todos los beneficiarios, sin condicionamientos gremiales.